Nuevas normativas empiezan a definir el marco legal para la criptocustodia

Criptocustodia

26 Octubre 2022

CLAVES DEL ANÁLISIS

  • El regulador financiero americano SEC ha publicado una nueva normativa que exige a cualquier empresa que preste servicios de criptocustodia incluirlo en la cuenta de balances tanto como un activo como un pasivo.
  • En paralelo a la publicación de estas medidas, en las últimas semanas, han tenido lugar anuncios de movimientos importantes en el terreno de la criptocustodia por parte de grandes bancos de Estados Unidos, como BNY Mellon y State Street.
  • En Europa, el Comité de Basilea tiene algunas propuestas en materia de estandarización de la gestión de criptoactivos, pero estas no incluyen, por el momento, ningún tratamiento específico para los servicios de criptocustodia.
  • A diferencia de Estados Unidos, en España, la criptocustodia, y en general todo lo que tiene que ver con el ecosistema cripto, aún genera cautelas en el sector financiero, y los grandes bancos todavía no se han posicionado firmemente, en espera de una mayor aclaración por parte de los marcos normativos.
  • Mientras tanto, el sector de la seguridad en Europa sigue también a la espera de que se aclare más el marco regulatorio, en un mercado en el que tanto los bancos, como las big tech y las fintech quieren posicionarse para competir.

POSICIÓN DE LOS REGULADORES INTERNACIONALES

SEC

El pasado 31 de marzo, el regulador financiero estadounidense SEC publicó una guía con indicaciones de cómo las corporaciones privadas deben abordar la criptocustodia, cuando esta se lleva a cabo a modo de servicio para clientes. (1)

La importancia de este documento es que puede sembrar un precedente que, si es seguido por otros organismos reguladores del resto del mundo, podría hacer que dicho servicio se vuelva poco atractivo para los bancos como vía de negocio.

La clave más importante del nuevo requisito regulatorio es que la SEC exige que los criptoactivos figuren tanto como un activo como un pasivo dentro de la cuenta de balance, mientras que la custodia de activos convencionales no está sujeta a formar parte del mismo. Sin embargo, los bancos sí que tienen ya obligación de dedicar una cierta cantidad de capital a la composición de su balance por lo que se perdería el atractivo que, a priori, podría tener el posicionar la criptocustodia únicamente como un pasivo.

El argumento dado por la SEC es que custodiar claves criptográficas puede ser una tarea demasiado arriesgada a nivel técnico, y esto implica la intervención de reguladores y entes legales hasta el punto de poder llegar a definir el tratamiento exacto que se hace de las criptomonedas y asegurar si se están cumpliendo con los requisitos normativos de seguridad.

Por lo tanto, la SEC está pidiendo a cualquier organización que lleve a cabo custodia de criptoactivos que los trate de la misma manera que al dinero convencional. Para las instituciones no-bancarias esto no conlleva mayor problema que el tener una cuenta de balance muy grande, lo cual puede hacer más costosos los procesos de auditoría, pero, para los bancos, el impacto puede ser mucho mayor, desalentando a que continúen apostando por la criptocustodia como nueva vía de negocio.

Basilea

En el ámbito europeo, en 2021, el Comité de Supervisión Bancaria de Basilea emitió también una serie de propuestas en materia de gestión de criptoactivos. (10)

Sin embargo, las disposiciones incluidas en este documento de consulta no consideran la criptocustodia. De hecho, hay una nota aclaratoria en el documento relacionada con la tokenización de activos convencionales, incluyendo los stablecoins, en la que especifica que el marco de Basilea no establece una descripción exacta de los requerimientos aplicables a los bancos que proporcionan servicios a consumidores que inviertan en activos tradicionales. Entre estos servicios se podrían incluir los de custodia. De igual forma, en el prefacio establecen que el documento de consulta no tiene por objetivo definir un tratamiento para los criptoactivos en aquellos casos en los que no existan ya unos tratamientos de riesgo definidos en el marco de Basilea para los activos tradicionales.

La cuestión ahora es si el nuevo marco de la SEC va a tener un impacto también en el tratamiento que el Comité de Basilea hace de la custodia de criptoactivos.

ULTIMOS MOVIMIENTOS

Pero mientras el marco normativo internacional se estandariza, seguimos viendo importantes movimientos recientes en esta nueva actividad de negocio, especialmente por parte de los grandes bancos, pero también por las startups que operan en el espacio de los exchanges de criptomonedas:

LOS BANCOS ESPAÑOLES AUN NO ENTRAN EN EL NEGOCIO. ¿OPORTUNIDAD PARA LA INDUSTRIA DE LA SEGURIDAD?

A diferencia de Estados Unidos, en España los bancos todavía no han llevado a cabo movimientos destacables en el terreno de la criptocustodia, quizá debido a que están esperando a que se aclaren un poco más las lagunas regulatorias que todavía existen en este espacio a nivel europeo.

Sin ir más lejos, a finales del pasado mes de marzo la subgobernadora del Banco de España, Margarita Delgado, expresó públicamente que "la exposición tanto directa como indirecta del sector bancario al negocio de criptoactivos supone un incremento muy relevante de los riesgos patrimoniales y reputacionales”. (6)

En este sentido, el Banco de España está solicitando a las entidades financieras prudencia en la gestión de las carteras, su morosidad y la cobertura necesarias.

Esta situación está generando un dilema para la industria bancaria española ya que, por un lado, se podría estar dejando pasar un negocio de inversiones lucrativo, pero, por otro, podría exponerse a un nivel de riesgos demasiado elevado. Este aspecto podría, a su vez, representar una oportunidad para las empresas de la industria de la seguridad, a la hora de posicionarse de forma pionera en este negocio, aun algo incierto y desregulado en España.

BIBLIOGRAFÍA

01. SEC. Staff Accounting Bulletin No. 121. 31 de marzo de 2022 [consultado 14-04-2022]. Disponible en: https://www.sec.gov/oca/staff-accounting-bulletin-121

02. LEDGER INSIGHTS. SEC crypto custody accounting rule: a serious blow for bank custodians? 01 de abril de 2022 [consultado 14-04-2022]. Disponible en: https://www.ledgerinsights.com/sec-crypto-custody-accounting-rule-a-serious-blow-for-bank-custodians/

03. COINDESK. State Street to Offer Crypto Custody in Pact With Copper. 09 de marzo de 2022 [consultado 11-04-2022]. Disponible en: https://www.coindesk.com/business/2022/03/09/state-street-to-offer-crypto-custody-in-pact-with-copperco/

04. IEAF. ¿Entrarán los bancos españoles en el negocio de los criptoactivos? 04 de noviembre de 2021 [consultado 11-04-2022]. Disponible en: https://es.beincrypto.com/banco-espana-reconoce-onyze-custodiante-exchange-criptomonedas/

05. BUSINESS INSIDER. La doble amenaza de los criptoactivos para la banca, según el Banco de España: nuevo elemento de competencia y un elevado riesgo si los comercializan. 29 de marzo de 2022 [consultado 11-04-2022]. Disponible en: https://www.businessinsider.es/doble-amenaza-criptoactivos-bancos-banco-espana-1036065

06. BIS. Prudential treatment of cryptoasset exposures. 10 de junio de 2021 [consultado 11-04-2022]. Disponible en: https://www.bis.org/bcbs/publ/d519.htm